Guía completa de preguntas frecuentes sobre los préstamos participativos de ENISA, extraída literalmente de la fuente oficial. Tres bloques: cómo es la financiación, qué requisitos y trámites se exigen, y qué plazos y limitaciones rigen el proceso.

Qué es ENISA, qué productos ofrece y cómo funciona el préstamo participativo.
Nuestro instrumento financiero es el préstamo participativo, dirigido especialmente a emprendedores/as y pymes con proyectos empresariales viables e innovadores.
Un préstamo participativo (regulado por el artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996) es un instrumento financiero a medio camino entre el préstamo tradicional y el capital riesgo, ideado para reforzar considerablemente la estructura financiera de tu empresa. El/la prestamista, aparte de los intereses ordinarios, obtiene una remuneración que depende de la evolución de la actividad de su empresa (su beneficio neto, volumen de negocio, patrimonio total o cualquier otro que libremente acuerden las partes).
Enisa no te ofrece ayudas ni subvenciones. Únicamente otorga financiación en forma de préstamos participativos.
Sí. Dentro de la estrategia inversora de Enisa destaca el apoyo a iniciativas público/privadas de captación de fondos de capital riesgo como vehículos de financiación de proyectos empresariales con un elevado potencial de crecimiento.
Enisa no dispone de microcréditos.
Enisa solo financia proyectos empresariales de empresas constituidas.
Enisa solo financia empresas constituidas como sociedades de capital (SA, SL, SAL, SLL, etc.) y cooperativas que cumplan la definición de pyme de la Unión Europea y realicen una actividad económica con ánimo de lucro que no esté enmarcada en los sectores inmobiliario o financiero (ver excepciones en apartado "¿Puede financiar Enisa pymes de los sectores inmobiliario o financiero?").
Sí, siempre que se trate de una pyme conforme a la definición de la Unión Europea, realice una actividad económica con ánimo de lucro no enmarcada en los sectores inmobiliario o financiero y esté debidamente inscrita en el Registro de Cooperativas.
Sí, siempre que se trate de una pyme conforme a la definición de la Unión Europea y tenga personalidad jurídica propia independientemente de la de sus socias/os o partícipes.
No. De conformidad con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, las fundaciones son entidades sin ánimo de lucro.
No. De conformidad con la Ley 12/1991, de 29 de abril las AIE son entidades sin ánimo de lucro.
No. Enisa evita ser la entidad financiadora mayoritaria de los proyectos empresariales.
Los importes se sitúan entre 25.000 € y 1.500.000 €. El importe de los préstamos se revisa anualmente. Puedes consultarlo en cada una de las líneas de financiación.
No. Los importes solicitados nunca serán inferiores ni superiores a los que se detallan en nuestra página web.
La financiación de Enisa se decidirá atendiendo a los siguientes límites:
A estos efectos se computarán los fondos propios con diferente ponderación en función del momento de aportación a la empresa, con el objetivo de primar las aportaciones más recientes.
La inversión recomendada será la resultante de aplicar un grado de apalancamiento determinado (inversión de Enisa por cada euro de fondos propios) a los fondos propios ponderados de la empresa.
Este grado de apalancamiento variará por tramos, disminuyendo a medida que se incrementa el volumen de los fondos propios, con el fin de que el nivel de apalancamiento sea mayor en las empresas con menor dimensión.
Del ejercicio en curso: únicamente se consideran el 100% de las aportaciones de capital social y prima realizadas en dicho ejercicio.
Del último ejercicio cerrado: únicamente se consideran el 100% de las aportaciones de capital social y prima y los resultados positivos retenidos del mismo y el resto de fondos propios se ponderará con el ratio de endeudamiento (FF.PP/total balance) del último ejercicio cerrado.
Sí, una vez concedido un préstamo, tu empresa puede solicitar nueva financiación para la consolidación y expansión de tu proyecto empresarial.
Los convenios celebrados entre Enisa y el Ministerio de Industria y Turismo exigen que las empresas beneficiarias de los préstamos participativos "no pertenezcan a los sectores inmobiliario o financiero".
Se entenderá por sector financiero el integrado por empresas que realicen actividades financieras, estén o no sujetas a un régimen de autorización administrativa y supervisión de la CNMV o del Banco de España, quedando excluidas las plataformas de financiación participativa y otras plataformas de financiación, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a oferentes de financiación y solicitantes de financiación en cualquiera de sus modalidades. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación.
Por otra parte, se entenderá por sector inmobiliario el integrado por empresas que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria, quedando excluidas las plataformas tecnológicas, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a personas o entidades que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria y a adquirentes o arrendatarios de inmuebles. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación.
Una vez comprobado que el formulario de solicitud y la documentación están completos, el proyecto se traspasará al área de análisis para que estudie la operación y, en su caso, solicite la información complementaria que fuera precisa. Finalizado el análisis, se comunicará a la empresa el rechazo o la concesión del préstamo y las condiciones especiales si las hubiere.
Este proceso tiene como objetivo evaluar las solicitudes de financiación y emitir una opinión favorable, junto con el importe del préstamo y las condiciones propuestas, o bien una desfavorable, desaconsejando la financiación por parte de Enisa.
El análisis se realizará mediante una evaluación de carácter experto de los aspectos cualitativos y cuantitativos del plan presentado, sintetizándose en la asignación de un nivel de rating que refleje la opinión sobre la capacidad de la empresa para hacer frente a sus obligaciones y al desarrollo de su proyecto empresarial.
El nivel de rating se determina según un modelo que pondera diversas variables:
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
En ningún caso, el tipo del segundo tramo excederá de un máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación (porcentaje a determinar cada año).
Se entiende por "fondos propios medios" la media aritmética de los fondos propios al inicio y al final del ejercicio, sin tener en cuenta como fondo propio el resultado del ejercicio al que se refiere la liquidación.
Supuesto simplificado para un primer tramo de Euribor al 0,5% más 3% de diferencial, y un segundo máximo del 8%.
De 5 a 7 años máximo, incluidos en el plazo del préstamo. Se determinará en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones de cash-flow.
No. Enisa únicamente ofrece financiación en forma de préstamo.
Conforme a la norma de registro y valoración 9.ª, "Instrumentos financieros", del Plan General de Contabilidad (PGC 2007), aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.
Con carácter general, la parte prestamista los clasificará como "préstamos y partidas a cobrar" y por la parte prestataria normalmente han de ser clasificados como "débitos y partidas a pagar" (deuda a largo plazo o a corto plazo, en función del vencimiento).
Las personas solicitantes de Enisa tienen a su disposición una guía orientativa para cumplimentar su solicitud y Enisa atiende las consultas que se susciten en la cumplimentación de la solicitud de financiación.
Cómo se presenta la solicitud, qué condiciones debe cumplir tu empresa y qué pasos vienen después.
Entra en la sección «Portal del cliente» de www.enisa.es, donde estudiaremos tu solicitud a partir de la información que tendrás que cumplimentar, que se compone de tres pasos:
Deberás rellenar todos los campos en tu solicitud, pues no se iniciará el estudio de ningún expediente incompleto.
Si se te olvida cumplimentar algún campo, dispondrás de 30 días para solucionarlo a partir de la fecha de solicitud de financiación. No obstante, si en Enisa detectamos cualquier irregularidad en tu solicitud, nos pondremos en contacto contigo.
Realizados estos pasos, finaliza el proceso de admisión y se inicia el análisis de la solicitud.
Una vez analizada la documentación remitida, nos pondremos en contacto contigo para comunicarte la resolución de tu solicitud.
Por razones de eficiencia, las reuniones suelen posponerse hasta haber recibido la solicitud de financiación, cumplimentada en su totalidad. En todo caso, Enisa valorará la pertinencia de la reunión en función del importe, tu modelo de negocio, etc.
No es necesario, puedes presentarla directamente a través del Portal Enisa.
Enisa tiene acuerdos con entidades colaboradoras cuya finalidad es facilitar la difusión de sus programas y el conocimiento de los mismos.
No. La financiación concedida por Enisa nunca será superior al importe solicitado. Sin embargo, sí podrá ser inferior.
Sí, siempre que la edad máxima de quienes ostenten la mayoría del capital no supere los 40 años.
Es recomendable ponerse en contacto con la gestora del fondo, ya que la decisión de inversión del fondo corresponde a la misma. Para más información, puedes consultar la página web de Asociación Española de Entidades de Capital Riesgo (ASCRI) — www.ascri.org.
Dependerá de tu modelo de negocio y de la estructura económico-financiera de tu empresa. No obstante, el importe de las aportaciones de las/los socias/os será, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo solicitado a Enisa.
No. La financiación de Enisa es de riesgo y está basada en la confianza que nos aporta tu proyecto empresarial a través del accionariado, las personas gestoras y el modelo de negocio que nos presentas.
En los casos en que un proyecto empresarial se realice a través de una empresa que forme parte de un grupo empresarial, se podrán solicitar garantías afianzamiento a la sociedad cabecera de grupo y, si no existiera, a la empresa más representativa del grupo.
Enisa no exige garantía en las operaciones que financia. La financiación de Enisa es de riesgo y está basada en la confianza que nos aporta tu proyecto empresarial a través del accionariado, las personas gestoras y el modelo de negocio que nos presentas.
Enisa ejercerá las acciones legales que le correspondan.
Los préstamos tienen un plazo de vencimiento máximo de entre 7 y 9 años, en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones económico-financieras.
Con carácter general, salvo que alguna circunstancia debidamente justificada aconseje lo contrario, los criterios para la exigencia de auditoría externa de cuentas, tanto para la formalización como durante la vida del préstamo, serán los siguientes:
La no realización de auditoría, en el caso de ser exigida en la fase de análisis, supondrá el rechazo de la operación. En la fase de seguimiento, supondrá la aplicación del interés variable máximo y la rebaja del nivel de rating.
Enisa aplicará el interés en función de las condiciones que fije el Ministerio de Industria y Turismo para cada ejercicio.
Los préstamos Enisa son compatibles con cualquier tipo de préstamo existente en el mercado y con cualquier otra fuente de financiación pública y privada.
Se aplica una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe del préstamo concedido.
Comisión amortización anticipada: en el supuesto de amortización anticipada del préstamo, se satisfará una comisión equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
Comisión de vencimiento anticipado por cambio en la mayoría de control: en el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo.
Asimismo, Enisa podrá resolver y declarar vencido anticipadamente el préstamo a todos los efectos legales y, en consecuencia, exigir la devolución del principal vivo, más sus intereses, comisiones y gastos por otros incumplimientos establecidos en la póliza de préstamo.
Una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones específicas impuestas para la concesión del préstamo y aportada la documentación requerida por el Área de Asesoría Jurídica, la formalización se llevará a cabo en la notaría que se le indique, mediante la firma de la póliza ante notaria/o.
Con carácter general, para formalizar el préstamo tu empresa deberá haber subido al apartado Documentación del Portal Enisa:
Cuándo presentar la solicitud, cuánto se tarda, y qué reglas rigen la cancelación anticipada.
Podrás presentar tu solicitud las 24 horas del día, los 7 días de la semana y los 365 días del año.
No. El proceso de admisión de solicitudes está abierto todo el año.
En general, el tiempo de evaluación medio de los proyectos es de aproximadamente 60 días a partir de que la empresa haya remitido TODA LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA SOLICITUD DE FINANCIACIÓN, incluyendo la información complementaria que se le haya podido solicitar en el transcurso de la fase de análisis.
Este plazo general está sujeto a la disponibilidad de los fondos asignados a Enisa por el Ministerio de Industria y Turismo para cada ejercicio presupuestario, condicionando el tiempo de respuesta.
Agotados los fondos, las solicitudes pendientes pasarán al ejercicio siguiente.
Una vez firmada la póliza de préstamo ante notario/a.
No. Únicamente podrás solicitar financiación a través de la línea que consideres se adecua mejor a tu perfil. Sin embargo, una vez recibida la solicitud, Enisa podrá redirigirla a otra línea.
Sí, tanto parcial como totalmente, pero tendrás que abonar una comisión de amortización anticipada del préstamo.
Esta comisión será equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés, si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
Adicionalmente, para restituir la solvencia financiera de tu empresa, deberás compensar dicha amortización anticipada con una ampliación de igual cuantía de sus fondos propios, siempre que ésta no provenga de la actualización de activos.
Fuente. Contenido extraído literalmente de enisa.es/es/financia-tu-empresa/faqs el 21 de abril de 2026.
ENISA no publica en esa página una fecha explícita de última actualización. Las condiciones financieras, importes, diferenciales de tipos y comisiones pueden variar anualmente en función del convenio firmado con el Ministerio de Industria y Turismo para cada ejercicio presupuestario. Consulta siempre la fuente oficial antes de tomar decisiones económicas.
Glosso no forma parte de ENISA. Este contenido se reproduce con fines informativos para usuarios del servicio de análisis.